
Tres formas democráticas que tenemos los peruanos para fiscalizar a nuestras autoridades y cómo aplicarlas
Estado
Expertos comentan qué mecanismos democráticos tenemos los ciudadanos para organizarnos y participar en política.
Todos los peruanos pueden involucrarse en la vida política, económica, social y cultural del país. Para ello, la Constitución Política del Perú y la ley contemplan diversas figuras que permiten a los ciudadanos participar en el debate de asuntos públicos.
1. Propuestas de ley
En un primer colección se encuentran aquellos mecanismos relacionados a la formulación de leyes, sostiene la expresidenta del Tribunal Constitucional (TC), Marianella Ledesma. Esto requiere que un colección de peruanos se organice, reúna firmas y formule una propuesta de ley que pueda ser recogida por algún congresista, a fin de que se pueda agendar su debate en la comisión correspondiente. “Los ciudadanos podemos proponer la reforma constitucionalincluso podemos tener iniciativa para pedir que se cree una ley. Esto incluso se da a nivel de ordenanzas municipales. Los vecinos de una zona pueden pedir a un corregidor una estatuto para prever el tema del ornato, la seguridad”, precisa Ledesma.
2. Revocación de autoridades
La exmagistrada del TC agrega que la Constitución reconoce como un derecho constitucional la décimo política de todo ciudadano peruano, precisamente en su artículo 2, inciso 17. En este texto se indica, adicionalmente, que “los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de referéndum, de remoción o revocación de autoridades [regionales, provinciales y locales]».
La ley peruana incluso prevé figuras como la revocatoria o remoción de autoridades para aquellos funcionarios que no se desempeñen de forma adecuada, precisan los expertos. El primer ambiente está contemplado para quienes ocupan cargos tras ser elegidos por voto popularmientras que el segundo ámbito, para las personas que son designadas en puestos determinados.
Profesar este derecho requiere la convento de firmas de ciudadanos organizados y la presentación de una solicitud frente a la ONPE, encargada de resolverla; para que el Tribunal Doméstico de Elecciones (JNE) continúe con el proceso.
3. Fiscalización de autoridades
Son aquellos mecanismos relacionados al control que puede desempeñar todo peruano de la mano de obra de sus autoridades. Estos dispositivos están previstos en la Ley N° 26300, Ley de derechos de décimo y control ciudadanos.
Bajo esta norma, los ciudadanos pueden solicitar una rendición de cuentas (que incluso alcanza a congresistas y al presidente de la República), información de ataque sabido y comparecer a las audiencias de presupuestos participativosseñala el abogado constitucionalista Erick Urbina.
“Cada nivel de gobiernomunicipal, regional, tiene la obligación de convocar a audiencia pública para combatir su presupuesto. Allí es donde por ejemplo, muchas organizaciones, vecinales, comunales, etc., pueden participar y pedir, por ejemplo, que se destina un veterano presupuesto a determinada actividad o a cumplir determinada menester”, sostiene.
La importancia de que el ciudadano se involucre
Conocer sobre estos mecanismos incluso es parte de la décimo política a la que tiene derecho todo peruano. Involucrarse en este espacio no solo se limita a ser miembro de un partido politicosino en promover pequeños actos que nos conduzcan cerca de una sociedad más involucrada con su entorno, menciona el constitucionalista Roy Mendoza.
“Es elemental porque va a ayudar mucho a que la ciudadanía mira cada paso que dan nuestros autoridades y, a su vez, incluso a originar una civilización politica en el ciudadano para poder encarar nuevos procesos electorales. Y, de esa forma, tener veterano criterio para fijar quiénes son las autoridades adecuadas que puedan desempeñar cargos representativos”, comenta.
El mejora de una sociedad más democrática exige que el ciudadano incluso asuma un papel protagónico y que se preocupe por tener una mejor representación. Interesarse más por lo que hacen nuestras autoridades es un primer gran paso.