
JNJ abrió investigación a Rafael Vela, José Domingo Pérez y Pablo Sánchez: ¿por qué faltas podrían ser sancionados?
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El abogado penalista resaltó que las declaraciones de Jaime Villanueva deben corroborarse antaño de dictarse alguna medida contra los investigados.
La Acoplamiento Doméstico de Jurisprudencia (JNJ) dispuso ayer, viernes, brindar investigaciones preliminares «por separado al ex fiscal de la Nación Pablo Sánchez ya los fiscales Rafael Vela y Domingo Pérez» en saco al certificación de Jaime Villanueva, exasesor de la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides.
Como se sabe, Villanueva Barrionuevo indicó frente a la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos que los referidos magistrados habrían cometido irregularidades durante sus funciones en el Empleo Manifiesto, algunas de ellas vinculadas al caso Residuo Ternero.
Delante ello, junto a esperar que la JNJ disponga diligencias para corroborar las imputaciones formuladas por el exasesor y, en saco a ello, determinar si corresponde brindar. procesos disciplinarios contra los investigados. Junto a resaltar que la Acoplamiento Doméstico de Jurisprudencia tiene la prerrogativa de destituir jueces y fiscales.
Poliedro este panorama, RPP conversó con el abogado penalista Hugo Meza, para tener anciano claridad respecto al proceso que podrían afrontar los tres investigados.
«Podrían configurarse hasta dos delitos»
El abogado dijo estar de acuerdo con la atrevimiento de la JNJ «porque era lo que correspondía», frente a los señalamientos de Jaime Villanueva, quien «está sometido a un procedimiento de colaboración eficaz».
En ese sentido, meza Señaló que dicho certificación vendría a ser una «aviso criminal», transmitido que podrían configurarse hasta dos delitos.
«En el aspecto penal, esto vendría a ser una aviso criminal, y en ese sentido deberían irse investigaciones preliminares para indagar hasta qué punto lo que viene diciendo Jaime Villanueva es cierto o no, porque, preliminarmente hablando, podríamos ver que se configurarían los siguientes delitos: cohecho activo genérico y cohecho activo específico»sostuvo.
El jurista explicó que uno y otro delitos se cometen cuando funcionarios públicos obtienen algún tipo de honra para encausar su interpretación en torno a una dirección determinada.
«Cohecho activo genérico es cuando cualquier persona -que en este caso podría ser el periodista Gustavo Gorriti- ofrece, da delantera o cualquier otro beneficio a un funcionario o servidor manifiesto, entiéndase fiscales como José Domingo Pérez, Rafael Vela o Pablo Sánchez (…), con el fin de interpretar en violación de sus obligaciones o funciones. En este caso hay que entender que todo fiscal conduce o es el director de la investigación penal, y está obligado a interpretar con objetividad al conducir su investigación”, explicó.
«Esto significa que cuando el fiscal va investigando y va advirtiendo ciertos hechos, no puede mirar a un costado o reconducir su investigación de forma parcializada. En este caso aparentemente se habría dirigido, a través de Gustavo Gorriti, según declaraciones de Jaime Villanueva, estas investigaciones; entonces podríamos afirmar preliminarmente que asimismo se habría accionado en contra de (la) objetividad», agregó.
Respecto al cohecho activo específico, meza indicó que ocurre cuando «fiscales, magistrados o árbitros» aceptan «cualquier tipo de delantera», sabiendo que lo que se les está pidiendo «es sobre un tema sometido a su atribución, su competencia o conocimiento».
«Debería preocuparse que Villanueva no pueda corroborar sus declaraciones»
Por otro banda, el jurista resaltó los pocos indicios que, a decretar por lo difundido en medios de comunicación, estaría aportando Jaime Villanueva para corroborar sus declaraciones.
«Por lo que se ha podido conocer, no habría entregado anciano información, y eso debería preocuparse porque de lo contrario todo lo que viene declarando probablemente no lo pueda corroborar», sostuvo.
«Él se ha sometido a un procedimiento de colaboración eficaz. En teoría, al estar sometido a ese procedimiento, todo lo que diga tiene que ser corroborado, de lo contrario, si exagera en algún hecho o dice poco fariseo, se somete al peligro de perder la negociación a la que haya llegado con la fiscalía para obtener los beneficios que investigación como colaborador”, añadió.
En ese sentido, el abogado demostró que no se debería esperar una obra «desproporcionada» por parte de la Fiscalía, ya que los testimonios están en una escalón original de corroboración.
«Como solamente estamos en una escalón original donde se está declarando y todavía yerro la corroboración, no se debería tomar ninguna interpretación al menos desproporcionada medidas como detenciones preliminares, prisión preventiva y otras que limitan derechos fundamentales como la decisión, porque estamos frente a una confesión incipiente. , que yerro corroboración», acotó.
Sin confiscación, subrayó que «se deben tomar con seriedad todas las declaraciones de un colaborador eficaz o una persona que pretende someterse a una confesión eficaz», ya que es parte de un proceso en que se investigación «obtener una colaboración eficaz homologada o aprobada por un sentenciador de investigación preparatoria».